?Cuándo puedo solicitar el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico?

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Preguntas frecuentes a los Abogados de Seguro Social en Puerto Rico:

He escuchado en la calle que para recibir los beneficios de Seguro Social en Puerto Rico por incapacidad, hay que contar con mi incapacidad que dure por lo menos un año. ¿Tengo que esperar exactamente un año antes de que pueda solicitar los beneficios?

No, necesariamente. Para que el Seguro Social en Puerto Rico decida y determine que usted está incapacitado y cumple con sus reglamentos, su condición médica, ya sea por lo emocional o, debe limitar significativamente su capacidad hacer trabajo de base actividades tales como caminar, sentarse y recordar por al menos un año o más. Si su  condición médica no es tan severa, la oficina del seguro social no lo considerará incapacitado.  Si usted cree que su incapacidad tendrá una duración de un año o más tiempo, solicita los beneficios por incapacidad tan pronto como usted se incapacite. Generalmente, cualquier abogado de seguro social típicamente recomienda que pase un periodo de incapacitación, sin trabajar, de al menos 5 a 6 meses antes de someter su solicitud de incapacidad.  El tramitar la solicitud puede tomar de tres a cuatro meses, sujeto a que sus médicos envíen la evidencia médica necesaria. Si su solicitud es aprobada, el Seguro Social sus primeros beneficios de incapacidad por el sexto mes completo después de la fecha en que comenzó su incapacidad. Para obtener más información acerca de qué hacer para recibir los beneficios por incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame y consulte con un abogado del seguro social por incapacidad aquí mismo en Puerto Rico.

Preguntas frecuentes:

Mi hermano menor tuvo un accidente de trabajo el año pasado y ahora está recibiendo beneficios de Seguro Social por incapacidad para el, su esposa y hasta su hija.  Antes de su accidente grave, ayudó a mantener a un hijo de una relación anterior fuera del matrimonio. ¿Es posible que su hijo entonces tendría derecho a algunos beneficios también?

Aparte de si su hermano menor estaba casado con la madre de uno de sus hijos, su hijo sí puede tener derecho a beneficios de Seguro Social en su historia y alguien podría presentar una solicitud en su nombre. Si el Seguro Social encuentra que es elegible, todos los niños podrían tal vez recibir los mismos beneficios. Obtenga más información de los beneficios por incapacidad en línea (publicación número 05-10.029) o visitando cualquiera de nuestras otras página de internet.

Algunos miembros de su familia pueden tal vez tener derecho a beneficios de incapacidad sobre la base de su trabajo. Ellos incluyen: Su cónyuge, si él o ella es de 62 años o más;  Su cónyuge, no importa su edad, si él o ella está cuidando a un niño de suyo que es menor de 16 años o con incapacidad; Su hijo soltero, incluyendo un niño adoptado o, en algunos casos, un hijastro o nieto si fueron adoptados. El niño debe ser menor de 18 años o menores de 19 si en la escuela primaria o tiempo completo la escuela secundaria, y Su hijo soltero, 18 años o más, si él o ella tiene una incapacidad que comenzó antes de los 22 años. (Del niño discapacidad también debe cumplir con la definición de discapacidad para adultos.)

Si necesita o quiere más información sobre la incapacidad que ofrece el Seguro Social, llame rápido a cualquier de nuestros  abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratis sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.net, segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com.  Dichas organizaciones de abogados y representantes de seguro social lo ayudarán con todos sus trámites para que lo incapaciten lo más pronto posible.

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Preguntas frecuentes a los abogados de seguro social — ¿Qué es el Seguridad Social por Incapacidad?

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Preguntas frecuentes a los abogados de seguro social — ¿Qué es el Seguridad Social por Incapacidad?

Por ley, el Seguro Social tiene una definición estricta de incapacidad la cual puede discutir más a fondo con los abogados de seguro social en Puerto Rico. Para encontrarse incapacitado usted no puede hacer trabajo sustancial debido a su condición médica y su condición médica debe haber durado, o se espera que perdure, por lo menos un año o que resulte en la muerte.

Mientras que algunos programas privados de incapacidad dan dinero a las personas con incapacidades parciales o incapacidades a corto plazo, el Seguro Social solamente provee beneficios para la incapacidad total y solamente si sus condiciones van a durar un año o más.

¿Cómo se solicita el seguro social por incapacidad?

En Puerto Rico su abogado de seguro social puede solicitar los beneficios por incapacidad en cualquier momento mientras está en servicio militar o después de la descarga, si usted es o sigue hospitalizado en un centro de rehabilitación programa o someterse ambulatoria tratamiento en un militar o civil centro médico. En Puerto Rico su abogado de seguro social puede solicitar en línea en su solicitud de Seguro Social o usted puede ir en persona en la oficina más cercana del Seguro Social, por correo o por teléfono.

¿Qué información va a necesitar para incapacitarse?

Para solicitar los beneficios, usted o su representante o abogado de seguro social debe proporcionar información y documentación acerca de su edad, el empleo, la prueba de la ciudadanía, y la información sobre todos los impedimentos y relacionados tratamiento. Seguridad Social hará todo lo posible para ayudarle a las pruebas médicas necesarias.

Importante recordatorio del abogado de seguro social en Puerto Rico: Debe presentar la solicitud de beneficios por incapacidad tan pronto como sea posible con los documentos médicos que tenga disponible. No se demore en la presentación, incluso si usted no tiene toda la
documentos mencionados a continuación:

  1. Original o copia certificada de su acta de nacimiento o comprobante de EE.UU. ciudadanía o residencia legal si nació en el extranjero;
  2. W-2 o declaración de impuestos desde el año pasado
  3. Números de Seguro Social de su cónyuge e hijos menores de edad;
  4. Cuenta corriente o de ahorro número, si la tiene;
  5. Nombre, dirección y teléfono de una persona de contacto, en caso de que no esté disponible, y
  6. Los registros médicos que tiene o que se puede obtener fácilmente a partir de los fuentes militares y civiles.

Para más información o preguntas sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: segurosocialporincapacidad.com, abogadodelsegurosocial.com 

¿Es necesario que mí doctor llene los informes del Seguro Social en Puerto Rico? – Pregunta frecuente para los abogados de Seguro Social —

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Muchas veces a un abogado de seguro social le preguntan si es necesario que su doctor llene los informes que le envía el Seguro Social, además de proveer una copia de su expediente médico.  Ello, ya que la mayoría de los doctores, sino todos, cobran por llenar los informes del Seguro Social.  Aunque no es estrictamente necesario que un doctor llene los informes del seguro social si este ya proveyó una copia fiel y exacta de su expediente médico, un informe de su doctor puede ser una herramienta muy útil para que el seguro social en Puerto Rico evalúe su caso y eventualmente pueda determinar si usted está incapacitado. Ello, ya que en la experiencia de nuestros abogados de seguro social, muchas de las notas de progreso de los doctores son difíciles de leer, a veces son muy cortas o no contienen todos los detalles de su condiciones. También es útil que se llenen los informes, ya que el doctor puede añadir elementos y detalles que demuestran la severidad de su condición.  Muchas veces los doctores que lo atienden le indican verbalmente sobre sus condiciones y no incluyen en el expediente escrito todas y cada una de las temas que discutieron con usted verbalmente. Por lo tanto es posible que si solamente se envía una copia del expediente, el seguro social no se entere de lo verdaderamente severa que es su condición o de alguno de los detalles que le indicó su médico verbalmente.  En fin, un informe de su doctor muy probablemente lo puede ayudar ya que es una fuente de información adicional que el seguro social puede utilizar para evaluar su caso.

Otro factor que puede atrasar su caso de incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico es si usted dejó de ir a un doctor para tratar su condición.  Por ejemplo, si usted se está tratando una condición de espalda y de momento deja de ir por varios meses a tratarse esa condición con algún doctor, es muy probable que el Seguro Social de Puerto Rico determine que su condición no lo limita para trabajar o que dejó de ir al doctor por que su condición de espalda mejoró.

Para más información o preguntas sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite segurosocialporincapacidad.com