Incapacidades Mentales del Seguro Social en Puerto Rico

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Listado de Incapacidades Mentales del Seguro Social en Puerto Rico

La Administración del Seguro Social tiene un manual sobre incapacidades conocida como el libro azul (formalmente, “Disability Evaluation Under Social Security Handbook”), este contiene criterios para diversos trastornos mentales que deben ser considerados como incapacidades, tales como: trastornos mentales orgánicos, esquizofrenia, retraso mental, ansiedad trastornos relacionados, trastornos somatomorfos, trastornos afectivos (que incluyen la depresión y el trastorno bipolar), trastornos de la adicción, y el autismo entre otros trastornos generalizados del desarrollo. Si la condición del solicitante cumple con los requisitos de uno de estos trastornos, a él o ella se le podrían conceder los beneficios de la incapacidad del Seguro Social. Puede ver más detalles de esto en la página www.facebook.com/segurosocialpr.

Sin embargo, los anuncios en el libro azul para los trastornos mentales, requieren que los síntomas de salud mental del reclamante demuestren que éstos limitan las actividades del solicitante de la vida diaria o su capacidad para desenvolverse socialmente o para completar las tareas sencillas. Así que, incluso si el solicitante ha sido diagnosticado con una enfermedad mental grave y presenta síntomas graves de salud mental, a menos que los síntomas hagan que le sea difícil de hacer las tareas de rutina y se lleva bien con los demás, él o ella no se considerará como incapacitada según opinan los abogados de seguro social. Puede ver la sección del Seguro Social sobre la incapacidad de los trastornos de salud mental para una explicación de cada uno de los listados de personas con incapacidad mental y emocional.  Aun así, para recibir una orientación legal y discutir en detalles las probabilidades de obtener sus beneficios del seguro social por incapacidad; comuníquese con un abogado del seguro social conocedor de la materia. 

Llame a su abogado del seguro social por incapacidad y éste le ayudará.  Llame al 787-344-9219 o visite segurosocialporincapacidad.com

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Consulta con el Abogado de Seguro Social sobre la incapacidad por cáncer

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Julio 24, 2013 – Consulta con el Abogado de Seguro Social – ¿Es posible que el cáncer metastásico te cualifique para los beneficios de incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico?

Si el carcinoma de cáncer de una persona se ha extendido más allá de los ganglios linfáticos,  probablemente se le concederán los beneficios por incapacidad basado en el cumplimiento de uno de los listados de enfermedades del Seguro Social Puerto Rico. De hecho, muchos cánceres progresivos son elegibles para los beneficios acelerados como aprobaciones compasivas los cuales debe consultar con los abogados de Seguro Social. No obstante, para la mayoría de las formas del cáncer, en los casos en que un individuo ha tenido algún tumor maligno que se extiende solamente a un ganglio linfático que se ha eliminado o removido totalmente por completo, típicamente los examinadores del Seguro Social tendrán que evaluar su capacidad funcional, su historia laboral residual de los últimos 15 años y la educación al hacer una determinación de incapacidad.

Estos típicos casos de cáncer se reducen a una determinación que se hace ya sea por uno de los muchos examinadores de incapacidad del Seguro Social o por un juez administrativo del Seguro Social en cuanto a si un individuo puede o no participar en actividades del trabajo al mismo tiempo; ganar algún ingreso sustancial y lucrativo mensualmente. Estas actividades incluyen la labores realizadas en varios de los puestos de trabajo que el reclamante ha realizado en años del pasado, así como cualquiera otros tipos de trabajos que el Seguro Social en Puerto Rico crea que el reclamante sea capaz de hacer en base a sus capacidades funcionales, su educación, su edad de incapacidad y el trabajo. Para todo ello, obtenga, a través de un abogado de seguro social, más información detallada sobre la aprobación por incapacidad basado en factores vocacionales. 

Por otra parte, si el cáncer se riega o avanza, el reclamante debe alertar al Seguro Social que el cáncer ha hecho metástasis, o, si ya le han denegado los beneficios, volver a solicitar un subsidio compasivo.  El Seguro Social de Puerto Rico no siempre se va a estar comunicándose todos los meses con sus médicos para ver como sigue su condición.  Normalmente es responsabilidad suya y de su abogado del seguro social procurar la información médica más reciente y sometérsela a la administración del seguro social para que estén bien informados de su incapacidad por razón del cáncer.

Si quiere obtener más información de la incapacidad que ofrece el Seguro Social en Puerto Rico, llame lo más pronto posible a un abogado de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta totalmente gratis sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico. Con mucho gusto, cualquiera de nuestros abogados en Puerto Rico lo ayudarán con todos sus trámites para que lo incapaciten lo más pronto posible.

?Cuándo puedo solicitar el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico?

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Preguntas frecuentes a los Abogados de Seguro Social en Puerto Rico:

He escuchado en la calle que para recibir los beneficios de Seguro Social en Puerto Rico por incapacidad, hay que contar con mi incapacidad que dure por lo menos un año. ¿Tengo que esperar exactamente un año antes de que pueda solicitar los beneficios?

No, necesariamente. Para que el Seguro Social en Puerto Rico decida y determine que usted está incapacitado y cumple con sus reglamentos, su condición médica, ya sea por lo emocional o, debe limitar significativamente su capacidad hacer trabajo de base actividades tales como caminar, sentarse y recordar por al menos un año o más. Si su  condición médica no es tan severa, la oficina del seguro social no lo considerará incapacitado.  Si usted cree que su incapacidad tendrá una duración de un año o más tiempo, solicita los beneficios por incapacidad tan pronto como usted se incapacite. Generalmente, cualquier abogado de seguro social típicamente recomienda que pase un periodo de incapacitación, sin trabajar, de al menos 5 a 6 meses antes de someter su solicitud de incapacidad.  El tramitar la solicitud puede tomar de tres a cuatro meses, sujeto a que sus médicos envíen la evidencia médica necesaria. Si su solicitud es aprobada, el Seguro Social sus primeros beneficios de incapacidad por el sexto mes completo después de la fecha en que comenzó su incapacidad. Para obtener más información acerca de qué hacer para recibir los beneficios por incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame y consulte con un abogado del seguro social por incapacidad aquí mismo en Puerto Rico.

Preguntas frecuentes:

Mi hermano menor tuvo un accidente de trabajo el año pasado y ahora está recibiendo beneficios de Seguro Social por incapacidad para el, su esposa y hasta su hija.  Antes de su accidente grave, ayudó a mantener a un hijo de una relación anterior fuera del matrimonio. ¿Es posible que su hijo entonces tendría derecho a algunos beneficios también?

Aparte de si su hermano menor estaba casado con la madre de uno de sus hijos, su hijo sí puede tener derecho a beneficios de Seguro Social en su historia y alguien podría presentar una solicitud en su nombre. Si el Seguro Social encuentra que es elegible, todos los niños podrían tal vez recibir los mismos beneficios. Obtenga más información de los beneficios por incapacidad en línea (publicación número 05-10.029) o visitando cualquiera de nuestras otras página de internet.

Algunos miembros de su familia pueden tal vez tener derecho a beneficios de incapacidad sobre la base de su trabajo. Ellos incluyen: Su cónyuge, si él o ella es de 62 años o más;  Su cónyuge, no importa su edad, si él o ella está cuidando a un niño de suyo que es menor de 16 años o con incapacidad; Su hijo soltero, incluyendo un niño adoptado o, en algunos casos, un hijastro o nieto si fueron adoptados. El niño debe ser menor de 18 años o menores de 19 si en la escuela primaria o tiempo completo la escuela secundaria, y Su hijo soltero, 18 años o más, si él o ella tiene una incapacidad que comenzó antes de los 22 años. (Del niño discapacidad también debe cumplir con la definición de discapacidad para adultos.)

Si necesita o quiere más información sobre la incapacidad que ofrece el Seguro Social, llame rápido a cualquier de nuestros  abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratis sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.net, segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com.  Dichas organizaciones de abogados y representantes de seguro social lo ayudarán con todos sus trámites para que lo incapaciten lo más pronto posible.

?Cómo consigo un buen abogado de Seguro Social por Incapacidad aquí mismo en Puerto Rico?

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           Consiga un buen abogado de Seguro Social por Incapacidad aquí mismo en Puerto Rico

  En promedio, una gran parte de las personas que aplican para el programa de incapacidad del seguro social, en el primer intento le es negada su solicitud. Esto no es un desperdicio de recursos, ya que no hay cuotas deducidas de su reclamo de incapacidad de seguridad social cada vez que fallas en la presentación de una solicitud.

Sin embargo, las estadísticas han demostrado que aquellos que han contratado los servicios de un abogado de seguro social por incapacidad para el respaldo y apoyo fueron capaces de ganar más casos. Por supuesto, a cambio de esto, los abogados de incapacidad recibirán el 25% de los beneficios de seguridad según establecido por la ley.

Tener un abogado de incapacidad es beneficioso porque saben qué pruebas, información y otros requisitos exige el seguro social e incluso conoce el sistema de SSI por incapacidad. Esto es especialmente cierto para los abogados experimentados y con experiencia que han estado ejerciendo como abogados de Seguro Social por incapacidad.

Los abogados de incapacidad también son más capaces en el manejo de trámites. También será capaz de representarle en la corte, lo que te da posibilidades de consulta para un reclamo más exitoso.

 Para más información sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a los abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.net, segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com

La Apelación ante el Seguro Social en Puerto Rico – Preguntas para el abogado de Seguro Social en Puerto Rico

La Apelación ante el Seguro Social en Puerto Rico – Preguntas para el abogado de Seguro Social en Puerto Rico

abogado de seguro social puerto rico

Si la Administración Seguro Social en Puerto Rico le denegó su solicitud Incapacidad, usted todavía tiene el derecho a apelar su caso a través de un abogado de seguro social. Aunque a algunos reclamantes se le aprueba su solicitud inicial, muchos otros reciben beneficios sólo después de pasar por el proceso de apelación, así que no te rindas. Hay limitaciones de tiempo en cada paso del proceso de apelaciones. En general, si usted está en desacuerdo con una decisión que tendrá que solicitar el siguiente nivel de apelación tan pronto como sea posible.  La misma carta denegatoria usualmente indica el tiempo que usted tiene para apelar.

Paso 1: Reconsideración ante el Seguro Social en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con la determinación inicial de incapacidad, puede apelar a través de una reconsideración – Apelación Seguro Social. Su abogado de seguro social se puede encargar de esta etapa y de llenar la solicitud. La reconsideración tomará más o menos de 3 a 5 meses en decidirse para los casos en Puerto Rico.

Paso 2:  Vista con el Juez Administrativo del Seguro Social en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con la determinación inicial de la reconsideración, también puede solicitar una vista ante un juez administrativo. Su abogado de seguro social se puede encargar de prepararlo a usted y de argumentar su caso ante el juez administrativo del Seguro Social. Usted puede revisar su expediente, presentar nuevas pruebas y presentar su testimonio en la vista aquí mismo en Puerto Rico. El juez administrativo del Seguro Social también puede pedirle que se haga exámenes médicos adicionales y pruebas realizadas. Debido a que estas audiencias se realizan en persona, es importante que usted asista o puede perder sus derechos y beneficios de apelación. Si usted no puede ir a la vista, tiene que ponerse en contacto con el juez administrativo lo antes posible y explicarle por qué.

Paso 3: Consejo de Apelaciones en Estados Unidos

Si usted no está conforme con la determinación del juez, usted puede solicitar una revisión ante el Consejo de Apelaciones del Seguro Social, aunque el Consejo de Apelaciones puede seleccionar qué casos desea oír. El Consejo de Apelaciones típicamente le toma aproximadamente como 220 días para decidir.

Paso 4: El Tribunal Federal en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con el Consejo de Apelaciones, usted también puede presentar una demanda civil en el Tribunal de Distrito de EE.UU. en Puerto Rico. El tribunal Federal decidirá si se debe hacer caso omiso de la decisión del Seguro Social en Puerto Rico mediante la concesión de beneficios que usted, o, sino, por reenvió el caso (el envío de vuelta) al Juez Administrativo para su reconsideración. El Seguro Social de Puerto Rico ya no será capaz de ayudarle en este nivel, pero si lo pueden ayudar los abogados de Seguro Social. El Tribunal Federal tendrá aproximadamente 540 días para tomar su decisión.

Para más información sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.netsegurosocialblog.com segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com.