?Cómo consigo un buen abogado de Seguro Social por Incapacidad aquí mismo en Puerto Rico?

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           Consiga un buen abogado de Seguro Social por Incapacidad aquí mismo en Puerto Rico

  En promedio, una gran parte de las personas que aplican para el programa de incapacidad del seguro social, en el primer intento le es negada su solicitud. Esto no es un desperdicio de recursos, ya que no hay cuotas deducidas de su reclamo de incapacidad de seguridad social cada vez que fallas en la presentación de una solicitud.

Sin embargo, las estadísticas han demostrado que aquellos que han contratado los servicios de un abogado de seguro social por incapacidad para el respaldo y apoyo fueron capaces de ganar más casos. Por supuesto, a cambio de esto, los abogados de incapacidad recibirán el 25% de los beneficios de seguridad según establecido por la ley.

Tener un abogado de incapacidad es beneficioso porque saben qué pruebas, información y otros requisitos exige el seguro social e incluso conoce el sistema de SSI por incapacidad. Esto es especialmente cierto para los abogados experimentados y con experiencia que han estado ejerciendo como abogados de Seguro Social por incapacidad.

Los abogados de incapacidad también son más capaces en el manejo de trámites. También será capaz de representarle en la corte, lo que te da posibilidades de consulta para un reclamo más exitoso.

 Para más información sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a los abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.net, segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com

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La Apelación ante el Seguro Social en Puerto Rico – Preguntas para el abogado de Seguro Social en Puerto Rico

La Apelación ante el Seguro Social en Puerto Rico – Preguntas para el abogado de Seguro Social en Puerto Rico

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Si la Administración Seguro Social en Puerto Rico le denegó su solicitud Incapacidad, usted todavía tiene el derecho a apelar su caso a través de un abogado de seguro social. Aunque a algunos reclamantes se le aprueba su solicitud inicial, muchos otros reciben beneficios sólo después de pasar por el proceso de apelación, así que no te rindas. Hay limitaciones de tiempo en cada paso del proceso de apelaciones. En general, si usted está en desacuerdo con una decisión que tendrá que solicitar el siguiente nivel de apelación tan pronto como sea posible.  La misma carta denegatoria usualmente indica el tiempo que usted tiene para apelar.

Paso 1: Reconsideración ante el Seguro Social en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con la determinación inicial de incapacidad, puede apelar a través de una reconsideración – Apelación Seguro Social. Su abogado de seguro social se puede encargar de esta etapa y de llenar la solicitud. La reconsideración tomará más o menos de 3 a 5 meses en decidirse para los casos en Puerto Rico.

Paso 2:  Vista con el Juez Administrativo del Seguro Social en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con la determinación inicial de la reconsideración, también puede solicitar una vista ante un juez administrativo. Su abogado de seguro social se puede encargar de prepararlo a usted y de argumentar su caso ante el juez administrativo del Seguro Social. Usted puede revisar su expediente, presentar nuevas pruebas y presentar su testimonio en la vista aquí mismo en Puerto Rico. El juez administrativo del Seguro Social también puede pedirle que se haga exámenes médicos adicionales y pruebas realizadas. Debido a que estas audiencias se realizan en persona, es importante que usted asista o puede perder sus derechos y beneficios de apelación. Si usted no puede ir a la vista, tiene que ponerse en contacto con el juez administrativo lo antes posible y explicarle por qué.

Paso 3: Consejo de Apelaciones en Estados Unidos

Si usted no está conforme con la determinación del juez, usted puede solicitar una revisión ante el Consejo de Apelaciones del Seguro Social, aunque el Consejo de Apelaciones puede seleccionar qué casos desea oír. El Consejo de Apelaciones típicamente le toma aproximadamente como 220 días para decidir.

Paso 4: El Tribunal Federal en Puerto Rico

Si usted no está de acuerdo con el Consejo de Apelaciones, usted también puede presentar una demanda civil en el Tribunal de Distrito de EE.UU. en Puerto Rico. El tribunal Federal decidirá si se debe hacer caso omiso de la decisión del Seguro Social en Puerto Rico mediante la concesión de beneficios que usted, o, sino, por reenvió el caso (el envío de vuelta) al Juez Administrativo para su reconsideración. El Seguro Social de Puerto Rico ya no será capaz de ayudarle en este nivel, pero si lo pueden ayudar los abogados de Seguro Social. El Tribunal Federal tendrá aproximadamente 540 días para tomar su decisión.

Para más información sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: abogadosegurosocial.netsegurosocialblog.com segurosocialporincapacidad.com, y abogadodelsegurosocial.com.

ESTIMADOS DE RETIRO DEL SEGURO SOCIAL EN PUERTO RICO – PREGUNTAS AL ABOGADO DE SEGURO SOCIAL

ESTIMADOS DE RETIRO DEL SEGURO SOCIAL EN PUERTO RICO – PREGUNTAS AL ABOGADO DE SEGURO SOCIAL

Si te surge una oferta para ayudar a construir una nueva sociedad y lo aceptas, y por lo menos durante varios años tus ingresos serán mucho menor que ahora. Puedes estimar como menos ingresos reducirán tus ingresos futuros de jubilación del Seguridad Social. En la página del seguro social puedes estimar el efecto de las bajas y altas ganancias futuras con el “Retirement Estimator” en http://www.socialsecurity.gov/estimator/. El Retirement Estimator, es una de las herramientas de seguridad en línea de planificación de jubilación. Esta página se conecta a su registro de ganancias de Seguro Social actual para proporcionar estimaciones personales de jubilación a los 62 años, a su plena edad de jubilación, y a los 70 años. La respuesta inicial “Retirement Estimator” asume que su salario más recientes o los ingresos por cuenta propia siguen en la misma cantidad en el futuro, pero se puede cambiar esto para obtener las estimaciones de diferentes edades y diferentes cantidades de ganancias futuras. Compara los estimados de la misma edad en función del nivel inicial de sus ganancias y luego con los ingresos más bajos o más altos en proporción a un resultado aproximado de las diferentes ganancias de su monto de jubilación del Seguro Social futuro. Utilizando las estimaciones independientes, puede estimar los beneficios futuros en base a las ganancias ya sea inferior o superior. Futuros ingresos de más de una cantidad que no se pueden utilizar en un mismo cálculo.

Usted puede utilizar el “Retirement Estimator” si está inscrito en Medicare, pero no si usted está actualmente solicitando o recibiendo beneficios de la SSA. Jubilación de la Seguridad Social se basa en los mejores 35 años de trabajo y de su edad, en meses, en comparación con su plena edad de jubilación. Usted puede obtener las estimaciones de diferentes edades con el Retirement Estimator. Durante meses específicos, otras herramientas en línea están disponibles en la sección de plan de jubilación. La respuesta Retirement Estimator no muestra información personal o de su registro de ganancias. Para ver su registro de ganancias, establecer una cuenta de mi Seguro Social y ver su Declaración del Seguro Social. Si ya has hecho este ejercicio y estás decidido en solicitar su beneficios, comunícate con su abogado de seguro social por incapacidad.

Para más información o preguntas sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: segurosocialporincapacidad.com, abogadodelsegurosocial.com

Preguntas frecuentes a los abogados de seguro social — ¿Qué es el Seguridad Social por Incapacidad?

abogados seguro social

Preguntas frecuentes a los abogados de seguro social — ¿Qué es el Seguridad Social por Incapacidad?

Por ley, el Seguro Social tiene una definición estricta de incapacidad la cual puede discutir más a fondo con los abogados de seguro social en Puerto Rico. Para encontrarse incapacitado usted no puede hacer trabajo sustancial debido a su condición médica y su condición médica debe haber durado, o se espera que perdure, por lo menos un año o que resulte en la muerte.

Mientras que algunos programas privados de incapacidad dan dinero a las personas con incapacidades parciales o incapacidades a corto plazo, el Seguro Social solamente provee beneficios para la incapacidad total y solamente si sus condiciones van a durar un año o más.

¿Cómo se solicita el seguro social por incapacidad?

En Puerto Rico su abogado de seguro social puede solicitar los beneficios por incapacidad en cualquier momento mientras está en servicio militar o después de la descarga, si usted es o sigue hospitalizado en un centro de rehabilitación programa o someterse ambulatoria tratamiento en un militar o civil centro médico. En Puerto Rico su abogado de seguro social puede solicitar en línea en su solicitud de Seguro Social o usted puede ir en persona en la oficina más cercana del Seguro Social, por correo o por teléfono.

¿Qué información va a necesitar para incapacitarse?

Para solicitar los beneficios, usted o su representante o abogado de seguro social debe proporcionar información y documentación acerca de su edad, el empleo, la prueba de la ciudadanía, y la información sobre todos los impedimentos y relacionados tratamiento. Seguridad Social hará todo lo posible para ayudarle a las pruebas médicas necesarias.

Importante recordatorio del abogado de seguro social en Puerto Rico: Debe presentar la solicitud de beneficios por incapacidad tan pronto como sea posible con los documentos médicos que tenga disponible. No se demore en la presentación, incluso si usted no tiene toda la
documentos mencionados a continuación:

  1. Original o copia certificada de su acta de nacimiento o comprobante de EE.UU. ciudadanía o residencia legal si nació en el extranjero;
  2. W-2 o declaración de impuestos desde el año pasado
  3. Números de Seguro Social de su cónyuge e hijos menores de edad;
  4. Cuenta corriente o de ahorro número, si la tiene;
  5. Nombre, dirección y teléfono de una persona de contacto, en caso de que no esté disponible, y
  6. Los registros médicos que tiene o que se puede obtener fácilmente a partir de los fuentes militares y civiles.

Para más información o preguntas sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite las siguientes páginas: segurosocialporincapacidad.com, abogadodelsegurosocial.com 

Preguntas y temas frecuentes al abogado de Seguro Social — ¿Puedo obtener la incapacidad del seguro social si soy un veterano y/o ex militar que está incapacitado y no puede trabajar?

Incapacidad Seguro Social

Preguntas y temas frecuentes al abogado de Seguro Social — ¿Puedo obtener la incapacidad del seguro social si soy un veterano y/o ex militar que está incapacitado y no puede trabajar?

Para los hombres y mujeres militares enfermos o heridos, el Seguro Social en Puerto Rico acelerara su evaluación y decisión de las solicitudes por incapacidad radicadas por militares que han estado en servicio activo desde el 1 de octubre de 2001 en adelante, también para las reclamaciones de sus sobrevivientes.

Al igual que los otros trabajadores que paga el Seguro Social en Puerto Rico, los militares deben estar asegurados para que ellos y/o sus sobrevivientes cualifiquen para los múltiples beneficios que ofrece el Seguro Social. El Seguro Social en Puerto Rico se supone que haga todo lo posible por tomar una decisión lo más rápido posible en los cosos de militares enfermos o heridos aplicando cuidadosamente las mismos leyes y procedimientos que otros casos. Si el militar fallece, también el Seguro Social le debe dar prioridad a las solicitudes radicadas por su viudo, hijos, los divorciados y padres dependientes.

La Administración del Seguro Social y la Administración de Veteranos (las cuales son agencias federales) utilizan diferentes solicitudes, procedimientos y criterios para evaluar y aprobar sus respectivas reclamaciones por incapacidad en Puerto Rico. Una persona probablemente puede cualificar para los beneficios por incapacidad en una o ambas agencias federales. El dinero que la persona reciba en compensación por incapacidad de Veteranos no afecta ni reduce sus beneficios por incapacidad de Seguro Social. Sin embargo, debe orientarse directamente con la Administración de Veteranos ya que, en algunos casos particulares, la agencia puede llevar a cabo un ajuste especial o algunos compensaciones militares si usted también cobra incapacidad de Seguro Social.

Si una persona estuvo en servicio militar activo desde 1 de octubre de 2001 en adelante, y está incapacitado por alguna condición física o mental, el Seguro Social le puede dar “fast track” a su reclamación independientemente de dónde y cómo surgieron sus condiciones incapacitantes. Es importante que le avise al Seguro Social en Puerto Rico si estuvo en servicio militar activo durante esas fechas para que le den prioridad a su caso. Se supone que el Seguro Social en Puerto Rico su reclamación con rapidez, evalúe sus récords médicos cuidadosamente y finalmente aplique las mismas reglas de incapacidad que utilizamos con todos los reclamantes. Sin embargo, todo ello depende de la rapidez con la cual usted envíe al Seguro Social en Puerto Rico los expedientes médicos y otros evidencias necesarias para que ellos evalúen su caso. El Seguro Social en Puerto Rico va a necesitas evaluar todos sus récords del Hospital de Veteranos, doctores privados, hospitales, clínicas y/o agencias que lo han tratado por todas sus condiciones incapacitantes.

EI ingreso que los militares heridos o incapacitados cobran mientras reciben tratamiento médico en una instalación militar (“medical hold”) no se considera «trabajo sustancial y lucrativo». Por ende, el Seguro Social en Puerto Rico se supone que evalúe sus condiciones médicas aunque la agencia militar o Vete­ranos le esté pagando ingresos altos mientras esté bajo “medical hold” y no esté trabajando.

El Seguro Social en Puerto Rico se supone que evalúe todas sus condiciones médicas incapacitantes solamente si usted está asegurado para estos beneficios. En otras palabras, usted debe haber pagado dinero al Seguro Social a través de sus años de trabajo. Generalmente, usted debió acumular 20 créditos en los pasados 10 años que trabajó, además de cierta cantidad de créditos antes de lo fecha en que usted se incapacitó. No obstante, aplican reglas especiales y diferentes para las personas que son legalmente ciegas.

El Seguro Social define incapacidad como una condición física o mental, médicamente evidenciada, la cual le impide realizar trabajo sustancial y lucrativo en por lo menos 12 meses, o que constituya una condición terminal.

Si la persona está asegurado para los beneficios del Seguro Social en Puerto Rico y no está trabajando, el Seguro Social procederá a evaluar sus condiciones médicas sin mucho reparo. Sin embargo, si usted continúa trabajando, el Seguro Social evaluará su caso por incapacidad siempre y cuando no devengue mensualmente un salario o ingreso por cuenta propio mayor o cierto cantidad que varia todos los años o cumpla algunas excepciones. Llámenos al 787-344-9219 si quiere más detalles o visite, segurosocialporincapacidad.com

Usted no siempre tiene que esperar 12 meses para solicitar incapacidad. Se supone que los médicos del Seguro Social, junto a sus propios médicos, puedan determinar si sus condiciones son tan severas que le impidieron realizar trabajo sustancial y lucrativo por más de un año. Por lo tanto, a veces es posible radicar su caso de incapacidad a los pocos meses luego de incapacitarse.  Esto es solamente una descripción breve sobre la incapacidad del seguro social para los militares. Siempre debe orientarse en persona con un abogado de Seguro Social o directamente con el Seguro Social para la información más reciente sobre este tema y para más detalles que le pueden aplicar a su caso.

Para más información o preguntas sobre la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico, llame a nuestros abogados de Seguro Social al 787-344-9219 para una consulta gratuita sobre el Seguro Social por Incapacidad en Puerto Rico o visite segurosocialporincapacidad.com o abogadodelsegurosocial.com